DOSIS MÍNIMAS DE PSICOACTIVOS, INFRACCIONES Y SANCIONES

trafico de drogas, sanciones y multas

DOSIS MÍNIMAS DE PSICOACTIVOS, INFRACCIONES Y SANCIONES POR TRÁFICO DE DROGAS O CONSUMO ILEGAL DE DROGAS EN ESPAÑA

En España, el Código Penal tipifica como delito el cultivo, producción y tráfico ilegales de drogas venenosas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas, la posesión ilegal de estas sustancias con los fines antes mencionados y la promoción, apoyo o facilitación de su uso.

SANCIONES O MULTAS POR POSESIÓN DE DROGAS

La mera posesión de drogas no constituye un delito en sí misma siempre que no se utilice para el tráfico ilegal de drogas. La Ley Orgánica 4/2015, de protección de la seguridad ciudadana, prevé sanciones administrativas graves o muy graves, imponiendo multas que oscilan entre 601 y 30.000 euros para:

El consumo o posesión ilegal de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estén destinadas al tráfico, en locales, vías, instituciones públicas o transporte público, así como el abandono de herramientas u otros objetos utilizados para este fin en los lugares antes mencionados. Cuando los autores de actos de consumo o posesión sean menores de edad, la multa podrá suspenderse primero y luego cancelarse si voluntariamente y sin abandono se someten a tratamiento o rehabilitación (si fuera necesario) o a actividades de reeducación.

La utilización de cualquier tipo de vehículo para el transporte de personas para facilitar su acceso a drogas venenosas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituya un delito.

La plantación y el cultivo ilegales de drogas tóxicas, estupefacientes y psicotrópicos en lugares visibles al público aún no constituyen un delito penal.

Tolerar el consumo o tráfico ilegal de drogas nocivas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en un lugar o establecimiento público, o la falta de sus propietarios, funcionarios o administradores de ejercer la debida diligencia para prevenir dicha conducta.

REDUCIMOS TU CONDENA Y REDUCIMOS TU SANCIÓN O MULTA

En Bufete Amat podemos asegurarle que, tanto si da positivo en un test de drogas mientras conduce un vehículo como si se encuentra en posesión de drogas, sus sanciones se reducirán notablemente o incluso eliminarán gracias a nuestra experiencia y conocimiento en la apelación o recurso de multas por tenencia de drogas (multas por cocaína, multas por THC, multas por CBD, multas, por porros, multas por cristal o MDMA, etc).

Llámanos en cualquier momento al 659 681 045 (también puedes contactarnos por WhatsApp o SMS) y te ayudaremos de forma rápida y eficaz a recurrir tu multa por tenencia de drogas en el mismo día. Te enviamos un modelo personalizado por correo electrónico o WhatsApp, que es analizado por nuestro departamento jurídico especializado en multas por tenencia, consumo o conducción bajo los efectos de drogas (estupefacientes). Con este documento podrás comenzar a utilizar este recurso de inmediato.

Te aseguramos que la multa o sanción será mucho menor que la multa original, o incluso te librarás de ella. Cada caso es único, pero recibirás el mismo día un recurso con la sanción por únicamente un pago de 60€. ¿Qué significan 60 euros frente a una multa de cientos (o miles) de euros?

Además podemos hacer que las notificaciones, que son siempre incómodas, nos lleguen a nuestro despacho para así librarte de cualquier carta administrativa incómoda.

No dudes en llamarnos al 659 681 045 (o escribirnos por WhatsApp). También puede contactarnos vía correo electrónico: despachoamat@gmail.com.

BUFETE AMAT, ESPECIALIZADOS EN RECURSOS DE MULTAS POR TENENCIA – MULTAS POR DROGAS Y EN LA REDUCCIÓN DE TU SANCIÓN, MULTA O CONDENA

Leave A Reply